
El artículo 134.4 de la Constitución Española, así como el 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que “Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”. Teniendo en cuenta que esta es la situación actual, el crédito previsto para financiar las ayudas que integran el Plan de Acción Social de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias correspondiente al año 2018, es de 1.859.210,00 €.

